El código TARIC 4802559000 corresponde a papeles y cartones sin recubrir, utilizados para fines gráficos como escritura, impresión u otros usos similares, con un peso de 80 g/m² o más. Este código se aplica cuando se importan productos en rollos o en hojas rectangulares o cuadradas, excluyendo papeles de otras categorías específicas. Los importadores deben usar este código para clasificar correctamente estos productos en la aduana y determinar los aranceles aplicables.
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Deben ser papeles o cartones sin recubrir, utilizados para fines gráficos, con un peso de 80 g/m² o más, en forma de rollos o hojas rectangulares o cuadradas, excluyendo otros tipos específicos de papel.
Sí, siempre que cumplan con las características de peso y uso gráfico, y no sean papeles de las categorías excluidas, como los papeles de encabezados 4801 o 4803.