El código TARIC 4802100000 corresponde a papel y cartulina sin recubrimiento, utilizados para escritura, impresión u otros fines gráficos, así como papel de cartas y papel de cartas perforadas no perforadas, en rollos o en hojas rectangulares de cualquier tamaño. Este código se aplica cuando se importan productos hechos a mano, como papel y cartulina de fabricación artesanal. Es importante para clasificar correctamente estos productos en las operaciones aduaneras dentro de la Unión Europea.
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Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe utilizarse cuando se importan papeles y cartulinas sin recubrimiento, hechos a mano, destinados a fines gráficos, escritura o impresión, en formas en rollos o en hojas rectangulares, excluyendo productos de otros capítulos o partidas específicas.
No están incluidos los papeles recubiertos, papeles de impresión o escritura recubiertos, papeles perforados o en bobinas que corresponden a otros códigos TARIC, como los de las posiciones 4801 o 4803.