El código TARIC 2401109591 se refiere a tabaco sin procesar y residuos de tabaco, incluyendo aquellos cortados en forma regular con un valor en aduana de al menos 450 euros por 100 kg netos, destinados a su uso como envoltorio o cubierta en la fabricación de productos de la subposición 2402 10 00. Los importadores utilizan este código al importar tabaco en estado bruto o residuos para su posterior procesamiento en la industria tabacalera. Es fundamental para clasificar correctamente estos productos y determinar los aranceles y regulaciones aplicables.
10% MIN 22.000 EUR DTN MAX 56.000 EUR DTN
20 subpartidas más
Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe utilizarse cuando se importan tabacos sin procesar, residuos de tabaco o tabaco cortado en forma regular con un valor en aduana de al menos 450 euros por 100 kg, destinado a su uso como envoltorio en la fabricación de productos de tabaco.
Productos ya procesados, como cigarrillos, puros o tabaco en polvo destinado a consumo directo, tienen códigos TARIC diferentes y no deben clasificarse bajo 2401109591.