El código TARIC 2401107010 corresponde a tabaco sin procesar y residuos de tabaco, incluyendo aquellos cortados en forma regular con un valor en aduana de al menos 450 euros por 100 kg netos, destinados a su uso como envoltorio o cubierta en la fabricación de productos de la subposición 2402 10 00. Los importadores utilizan este código al importar tabaco en estado bruto o residuos para su posterior procesamiento en la industria tabacalera. Es fundamental para clasificar correctamente estos productos y determinar los aranceles aplicables en la Unión Europea.
11.2% MIN 22.000 EUR DTN MAX 56.000 EUR DTN
20 subpartidas más
Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe utilizarse cuando se importan tabaco sin procesar, residuos de tabaco o productos similares que cumplen con las características descritas, especialmente si tienen un valor en aduana de al menos 450 euros por 100 kg y se destinan a la fabricación de productos de tabaco.
Productos como tabaco procesado, cigarrillos, cigarrillos electrónicos con nicotina y otros productos de consumo final no están incluidos bajo este código y deben clasificarse en otros códigos TARIC específicos.