El código TARIC 5702990030 se aplica a los tapetes y otros revestimientos de suelo textiles, tejidos, que no son tufted ni flocked, y que están confeccionados o no. Específicamente, abarca aquellos hechos de sisal, otras fibras de la familia de las agaves o de cáñamo de Manila. Los importadores utilizan este código para clasificar correctamente estos productos en la aduana y determinar los aranceles aplicables.
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Deben ser tapetes o revestimientos de suelo textiles, tejidos, hechos de fibras naturales como sisal, fibras de agave o cáñamo de Manila, y no deben estar tufted ni flocked.
Sí, incluye alfombras y tapetes confeccionados a mano, siempre que sean tejidos y de fibras naturales, como los ejemplos de Kelim, Sumak o Karamanie.