El código TARIC 5702509090 se refiere a los tapices y otros revestimientos de suelo textiles, tejidos, que no están tuftados ni enlosados, y que pueden estar confeccionados o no. Este código se utiliza cuando un importador introduce alfombras y tapices hechos a mano, como kilims, sumaks o karamanis, que cumplen con estas características. Es importante para clasificar correctamente estos productos en la aduana y determinar los aranceles aplicables.
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Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe utilizarse cuando se importan alfombras y tapices tejidos a mano, que no están tuftados ni enlosados, y que cumplen con las características de ser confeccionados o no, incluyendo productos como kilims, sumaks y karamanis.
No están incluidos los tapices tuftados, enlosados, o aquellos que utilizan técnicas diferentes a la tejeduría manual, como los alfombras tufted o de felpa, que tienen otros códigos TARIC específicos.