El código TARIC 1104298900 se refiere a cereales y productos derivados que han sido sometidos a diferentes procesos de preparación, como pelado, trituración, corte o laminado, excluyendo el arroz de la posición 1006. Este código es utilizado por importadores y exportadores para clasificar correctamente los cereales y sus derivados en las operaciones aduaneras, asegurando el cumplimiento de las normativas de comercio internacional.
98.000 EUR TNE
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Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe utilizarse cuando se importan cereales que han sido sometidos a procesos como pelado, corte, laminado, o trituración, excluyendo el arroz, y que se clasifican en la subposición 1104.2900.
Incluye cereales procesados como avena en copos, trigo pelado, cebada en grano, trigo molido, avena en harina, cebada en copos y trigo perlado, siempre que hayan sido sometidos a los procesos especificados.
Usar el código correcto garantiza una clasificación adecuada, evita retrasos en el despacho aduanero y asegura el cumplimiento de las normativas internacionales y arancelarias vigentes.