El código TARIC 1104224000 se refiere a los cereales de grano, especialmente aquellos que han sido procesados de manera diferente, como pelados, cortados o triturados, excluyendo el arroz. Este código es utilizado por los importadores cuando ingresan cereales como trigo, cebada o avena que han sido sometidos a estos procesos de preparación. Es fundamental para clasificar correctamente estos productos en la aduana y determinar los aranceles aplicables.
162.000 EUR TNE
16 subpartidas más
Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe utilizarse cuando se importan cereales que han sido procesados, como pelados, cortados o triturados, y que no corresponden a arroz de la posición 1006.
Incluye cereales como trigo, cebada y avena que han sido pelados, cortados, en copos, molidos o perlados, siempre que hayan sido sometidos a estos procesos de preparación.