El código TARIC 1104291700 corresponde a los granos de cereal, despulpados, ya sea enteros, cortados o molidos, que han sido sometidos a un proceso de cáscara o desgranado. Este código se utiliza cuando un importador introduce productos como cereales procesados que no son arroz, incluyendo trigo y otros cereales en diferentes formas preparadas para su uso en la industria alimentaria o en la producción de ingredientes. Es esencial para determinar los aranceles y regulaciones aduaneras aplicables a estos productos en la Unión Europea.
129.000 EUR TNE
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Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Este código incluye cereales como trigo, avena, cebada y otros granos que han sido despulpados, cortados o molidos, excluyendo el arroz. También abarca productos como copos, grano entero, molido o en trozos, siempre que hayan sido procesados en las formas especificadas.
Debe utilizarse cuando se importan cereales procesados, como trigo descascarado, avena en copos o cebada molida, que han sido sometidos a procesos de cáscara, corte o molienda, y que no corresponden a los productos de la posición 1006. Es importante para determinar los aranceles y cumplir con las regulaciones aduaneras vigentes.