El código TARIC 7102100000 corresponde a los diamantes, ya sean trabajados o no, pero que no están montados ni engastados. Este código se utiliza cuando se importan diamantes sin clasificar y sin montaje, facilitando la clasificación aduanera y la declaración de productos en la Unión Europea. Es esencial para comerciantes y exportadores que manejan diamantes en estado bruto o sin procesamiento adicional.
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Debe utilizarse cuando se importan diamantes en estado bruto, sin montar ni engastar, y que no han sido sometidos a ningún proceso de fabricación adicional.
Los diamantes que ya están montados, engastados o tallados, así como otros tipos de piedras preciosas o joyas terminadas, tienen códigos TARIC diferentes y no deben clasificarse bajo 7102100000.