El código TARIC 7015100000 abarca los cristales utilizados en la fabricación de gafas correctivas y otros cristales similares, que pueden estar curvados, doblados o huecos, pero no han sido sometidos a un trabajo óptico. Los importadores deben usar este código al importar estos tipos de cristales para fines comerciales o de distribución en la Unión Europea. Es fundamental para clasificar correctamente los productos y determinar los aranceles aplicables.
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Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe usar este código cuando importe cristales para gafas correctivas, gafas médicas o cristales similares que no hayan sido ópticamente trabajados y que sean curvados, doblados o huecos.
Productos que han sido ópticamente trabajados, como lentes con corrección óptica, o cristales no destinados a la fabricación de gafas, están excluidos y deben clasificarse bajo otros códigos TARIC específicos.