El código TARIC 6810190000 se aplica a los artículos de cemento, hormigón o piedra artificial, incluyendo aquellos que están reforzados, utilizados en construcción y obras civiles. Los importadores deben usar este código al importar productos como bloques, paneles, baldosas o elementos prefabricados de estos materiales, para clasificar correctamente los aranceles y regulaciones aduaneras.
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Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe utilizarse cuando se importan productos de cemento, hormigón o piedra artificial, reforzados o no, destinados a construcción, decoración o infraestructura.
Productos hechos de piedra natural, asbesto o materiales similares que no sean de cemento, hormigón o piedra artificial, tienen códigos diferentes y no deben clasificarse bajo el 6810190000.