El código TARIC 4407199010 corresponde a la madera cortada o cepillada en dirección longitudinal, incluyendo madera encolada o unida en los extremos, con un grosor superior a 6 mm. Este código se utiliza cuando se importan productos de madera que han sido procesados y preparados para usos específicos, como la fabricación de muebles, construcción o carpintería. Es importante para determinar los aranceles y requisitos aduaneros aplicables en la Unión Europea.
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Debe utilizarse cuando se importan maderas cortadas en dirección longitudinal, con un grosor superior a 6 mm, que han sido lijadas, cepilladas o encoladas, para fines de carpintería, construcción o fabricación de muebles.
Incluye maderas encoladas, lijadas, cepilladas o enchapadas en diferentes especies, siempre que tengan un grosor mayor a 6 mm y hayan sido procesadas en la dirección longitudinal.