El código TARIC 2928009018 se refiere a los derivados orgánicos de la hidroxiamina o hidracina, específicamente al oxima de acetona con una pureza del 99% o superior. Los importadores utilizan este código para clasificar y declarar correctamente este producto en las operaciones aduaneras, asegurando el cumplimiento de las normativas de comercio internacional.
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Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe utilizarse cuando se importa o exporta oxima de acetona con una pureza del 99% o más, y cuando el producto corresponde a derivados orgánicos de hidroxiamina o hidracina según la clasificación aduanera.
Es necesario proporcionar detalles como la descripción del producto, número CAS (127-06-0), pureza del 99% o superior, cantidad, país de origen y destino, además de la documentación que certifique la pureza y composición del producto.