El código TARIC 0909610000 se refiere a las semillas de anís, badiana, hinojo, cilantro, comino, alcaravea y bayas de enebro que no han sido molidas ni trituradas. Este código se utiliza cuando un importador trae estas especias en su estado natural, sin procesar, para su comercialización o uso en la industria alimentaria. Es importante para clasificar correctamente las especias en las aduanas y determinar los aranceles aplicables.
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Clasifique su producto en esta posición arancelaria
Debe utilizarse cuando las especias mencionadas se importan en su estado natural, sin haber sido molidas, trituradas o procesadas de alguna otra manera.
Este código es específico para especias en su forma entera y no procesada. Las especias molidas o trituradas tienen códigos diferentes en el sistema TARIC, que reflejan su estado de procesamiento.